Derechos Pignoraticios sobre Créditos, Derechos y Activos - Hipoteca y Garantías
Constitución jurídica de un derecho pignoraticio como garantía de créditos, derechos patrimoniales y activos (incluyendo empresariales).
Un derecho pignoraticio consiste en la formalización jurídica de un derecho de garantía sobre elementos patrimoniales tales como créditos, propiedad intelectual, derechos u otros activos, como garantía del cumplimiento de una obligación.
Estructuramos y documentamos el derecho pignoraticio a medida, adaptado a:
- La naturaleza y el alcance de los activos a pignorar.
- Derechos de garantía existentes o paralelos.
- Documentación contractual de financiación.
- Orden de prelación y acuerdos de prioridad.
- Legislación aplicable y requisitos registrales.
La documentación se organiza de manera que el derecho pignoraticio sea jurídicamente constituible, ejecutable y consistente dentro de la estructura global de garantías.
Alcance de la documentación
El encargo puede incluir, entre otros:
- Escritura de pignoración y disposiciones de constitución.
- Descripción de los activos pignorados.
- Establecimiento de garantías sobre créditos futuros.
- Disposiciones sobre orden de prelación y estructuras de prioridad.
- Cláusulas relativas a cobranza y ejecución.
- Cláusulas adicionales de garantía.
Cada solicitud se analiza previamente desde el punto de vista jurídico para garantizar la correcta estructuración.